INFORMACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
- AUDITORIAS.
- La Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto 1/2010, de 2 de julio TRLSC; en el artículo 263, exime la obligación general de auditoria a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
- Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000 €
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000 €
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.
La empresa, ATEFUER, no supera los dos últimos puntos, por ello no está obligada a auditar sus cuentas.
CUENTAS ANUALES.
Registro Mercantil.